jueves, 10 de abril de 2014

PRESCRIPCIÓN LABORAL ACOGIDA POR LA CORTE DE APELACIONES DE SANTIAGO DE CHILE, EN RELACIÓN CON LA LEY 15.840, ORGÁNICA DEL MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS (FALLO 09 ENERO 2014)

   Se demandó por un trabajador la indemnización obtenida en un juicio de 1990 ante el 1° Juzgado del Trabajo, en virtud del artículo 80 de la ley N°15.840. Dicha sentencia reconoció su derecho a esta indemnización, pero su exigibilidad se habría dejado pendiente hasta la fecha de su retiro como funcionario del Ministerio de Obras Públicas, lo que para el actor sucedió el 30 de junio de 2008, dando origen a su derecho a impetrar el beneficio. El Fisco opuso excepción de prescripción fundado, primeramente, en el artículo 510 del Código del Trabajo -2 años- y, en subsidio, en el 2.415 del Código Civil -5 años-.

   La sentencia que viene objetada acogió la excepción de prescripción del citado artículo 510, teniendo presente que la acción que se dedujo el 16 de enero de 2013 fue notificada con fecha 28 siguiente y el hecho que motiva la presente acción ocurrió, como se señaló, el 30 de junio de 2008; y que el derecho del actor a reclamar la indemnización, nace de la legislación del trabajo.

   La Corte de Apelaciones rechaza el recurso de nulidad por errónea aplicación del derecho, toda vez que el derecho que reconoce el artículo 80 en análisis es de naturaleza laboral, fue demandado en sede laboral y se genera en servicios prestados en calidad de trabajador, incorporándose al patrimonio de éste al término de sus labores, todo lo cual acarrea que por tratarse de una prerrogativa con génesis en la legislación laboral, la prescripción a aplicarse corresponde a la del inciso primero del artículo 510 del Código del ramo.

   A continuación, texto íntegro del fallo, cuya decisión no es pacífica, por cuanto esta materia no está completamente resuelta. 



Fuente: Consejo de Defensa del Estado de Chile


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